El 71% del planeta Tierra está cubierto por océanos; el 64% de estos océanos es considerado Alta Mar o aguas internacionales. Las áreas marinas que se encuentran fuera de la jurisdicción nacional comprenden esta columna de aguas internacionales y sus fondos marinos y oceánicos y su subsuelo, denominados la Zona. Recordamos que esta definición está refiriéndose a dos espacios marinos diferentes y con distinta regulación normativa.
El Alta Mar y la Zona son áreas rebosantes de biodiversidad marina y recursos vitales. De allí la importancia de definir el ámbito de aplicación del futuro acuerdo internacional para la conservación y uso sustentable de su biodiversidad, ya que su explotación estaría alcanzada por las libertades propias del alta mar pero, también protegida por ser patrimonio común de la humanidad. Cualquier criterio de ordenación para áreas específicas situadas fuera de la jurisdicción nacional, debe ser compatible con las disposiciones de la Convención de Jamaica de 1982 (CONVEMAR).
¿Cómo implementar un acuerdo internacional legalmente vinculante para la conservación y uso sustentable de la diversidad marina en estas áreas si hay diferentes acuerdos preexistentes y diferentes ámbitos? En el presente libro presentaremos los desafíos y dificultades a la hora de elaborar un instrumento internacional legalmente vinculante.
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